| ADECUACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO
Asegúrese que los equipos que alquila, están adecuados a la normativa. Solicite la Información relativa al equipo que alquila y entréguesela a sus trabajadores.
Todos sus equipos de trabajo, deberán estar debidamente documentados. Aquellos equipos anteriores a Enero de 1995, deberán adecuarse a la Normativa existente y realizarse el correspondiente Plan de Adecuación.
Según el Real Decreto 1435/1992 de 27 de Noviembre, el empresario que adquiera máquinas nuevas fabricadas o comercializadas con posterioridad al 1 de enero de 1995 debe recabar la siguiente información por parte del fabricante:
- Cada máquina dispondrá de marcado CE, visible e indeleble.
- Cada máquina debe acompañar una "Declaración CE de Conformidad".
- Cada máquina debe ir provista de un completo manual de instrucciones en castellano.
- Si detecta alguna deficiencia que afecta a la seguridad, no modifique nada por su cuenta, pero advierta de ello al fabricante.
Ahora bien, las máquinas anteriores al 1 de enero de 1995 que posea la empresa, deben adaptarse al Real Decreto 1215/97, de 18 de Julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Codificación de medios: Debe establecerse un inventario de maquinaria, medios auxiliares y herramienta de que dispone la empresa, codificando todos y cada uno de ellos de manera que no pueda haber lugar a duda a la hora de identificar cualquier medio, equipo o útil.
Cumplimiento de normativa y recopilación de información: De todos los equipos, máquinas, aparatos, instrumentos o instalaciones incluidos en el listado elaborado, se solicitará como mínimo el justificante, declaración o certificado de cumplimiento de la normativa que le sea de aplicación, así como manual de instrucciones e información para que la manipulación de dichos equipos se produzca sin riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores . Se archivará toda la documentación recopilada como información individualizada de cada una de ellas
Adaptación al RD1215/95: Todos aquellos equipos que posea la empresa y que sean anteriores a Enero de 1995, deberán adecuarse a la normativa mediante certificaciones con organismos acreditados o mediante chequeo de edecuación del citado RD1215/97de los mismos.
Plan de adecuación: Los equipos que deban ser adecuados a la normativa, deberá realizarse un Plan de adecuación sobre ellos con los siguientes apartados:
- Determinación de las acciones correctoras a adoptar.
- Asignación de recursos humanos, económicos y materiales.
- Calendarización.
- Puesta en marcha de las acciones.
- Mantenimiento del Plan.
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